La Fiscalía y las acusaciones particulares han considerado este jueves probado que hubo alevosía en el asesinato de un hombre en el municipio toledano de La Pueblanueva en 2021, por lo que han pedido que el acusado sea condenado por asesinato, mientras que la defensa lo ha negado y ha pedido rebajar a homicidio con atenuantes.
Ha sido durante la tercera jornada del juicio con jurado popular en la Audiencia provincial de Toledo, en la que las partes han expuesto sus conclusiones finales y el acusado ha tenido opción de dirigirse a la sala en el turno de última palabra pero lo ha rechazado, antes de la entrega del objeto del veredicto al tribunal del jurado para que se retire a deliberar.
La fiscal se ha basado en el relato de los testigos de la pelea entre el acusado y la víctima, en la que también participó el hermano del primero que ya ha sido condenado por asesinato por el Juzgado de Menores, para sostener que los hechos por los que pide que sea condenado por asesinato a 14 años de prisión han sido probados.
La representante del Ministerio Fiscal ha incidido en que el fallecido murió «sin posibilidad de defensa» y eso demuestra que hubo alevosía, ya que no se pudo defender después de recibir un fuerte golpe que le dejó «ko» e inconsciente, según el forense, y que el acusado le cortó en el cuello «de arriba a abajo y de derecha a izquierda», que fue la herida mortal porque la víctima murió asfixiada con su propia sangre.
Para la fiscal, sí se ha producido reconocimiento de los hechos por parte del acusado, hasta en cuatro ocasiones: cuando se encontró con unos amigos y dijo que «creía que lo había matado», cuando habló por teléfono con un guardia civil al llegar a casa y contárselo a su madre, en la carta que escribió a la familia de la víctima tras un año en prisión, y en la propia sala durante la vista oral.
Las acusaciones particulares suman ensañamiento y se oponen a las atenuantes
Las acusaciones particulares, que representan a cada uno de los progenitores de la víctima, han coincidido con la Fiscalía en el relato de los hechos probados y en que hubo claramente alevosía, si bien han discrepado al señalar que también hubo ensañamiento y que ninguna de las atenuantes han quedado probadas, por lo que mantienen la petición de 25 años de condena.
En este sentido, el abogado de la madre del fallecido ha insistido en que el reconocimiento de los hechos no se ha producido porque tiene que ser completo y no parcial y el acusado ha aplicado una «memoria selectiva» al acordarse solo de lo que le conviene, así como ha defendido que sí se debería aplicar la agravante de ensañamiento porque no hubo un golpe, sino 17.
Con respecto al pago parcial de la responsabilidad social, ha apuntado que adelantar 30.000 euros, que probablemente procedan de la venta de la droga a la que se dedicaban víctima y acusados, no es suficiente y que incluso la madre no los acepta por considerar que ese dinero está «manchado de sangre».
La defensa denuncia «contaminación» al jurado y rebaja el delito a homicidio
De su lado, el abogado de la defensa ha denunciado «contaminación» al jurado, de cara a una futura apelación, por informarles de la sentencia condenatoria del hermano del acusado -que se ha dado a conocer este martes, el mismo día que declaraba como testigo en este juicio-, al afirmar que es una información externa que «vulnera el principio de tutela judicial efectiva» y «vicia las decisiones del jurado».
El letrado ha dicho que la alevosía ha quedado descartada porque el acusado no podía saber «en una fracción de segundo» entre un golpe y otro que la víctima tenía disminuidas sus facultades y, por tanto, estaba indefensa; y tampoco cree que haya quedado acreditado el ensañamiento porque la muerte fue «instantánea» y al procesado no le dio tiempo a pensar si podía frenar el segundo ataque que tuvo como resultado el corte en el cuello.
Sin embargo, ha pedido que se apliquen las tres atenuantes: la de reconocimiento de los hechos, porque dijo en varias ocasiones que «creía que lo había matado» y lo reforzó con la carta enviada a la familia; la de reparación parcial del daño, porque cuando entregó 30.000 euros aún no conocía la petición de indemnizaciones; y la de dilación indebida, porque la ley establece seis meses o un año para la instrucción y han pasado dos años y medio.
«Quien ha cometido un fallo no puede estar sufriendo toda la vida, hay que darle todas las garantías», ha concluido en defensa del acusado.