La Justicia declara nulo el cuadrante laboral de la Policía Local de Toledo

Consideran que ha sido impuesto de forma unilateral y sin negociación previa

El Sindicato de Policía Local de Castilla-La Mancha (SPL-CLM) comunica que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, mediante sentencia 156/2021 de 24 de mayo, ha estimado el recurso de apelación interpuesto por los Servicios Jurídicos de este sindicato, bajo la dirección del Letrado Luis Miguel Vázquez y declara nulo el Calendario Laboral de la Policía Local aprobado de forma unilateral por el Ayuntamiento de Toledo para el año 2017, al no haberse negociado, tal y como establece también el propio Acuerdo Marco, revocando así la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Toledo, por un claro error en la valoración de la prueba, tal y como alegaba el Sindicato

Recordar que el Acuerdo Marco de la Policía Local de Toledo “establece claramente que el cuadrante debe ser ANUAL, NEGOCIADO y PUBLICADO con suficiente antelación a su aplicación,” precisamente para poder garantizar el derecho de conciliación y poder planificar con antelación suficiente tanto las obligaciones profesionales como las personales y familiares”. Asimismo, el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales que afecta a todos los agentes de Castilla La Mancha también establece este carácter anual y que debe ser acordado

En el año 2017 desde el Sindicato de Policía Local de Toledo se pidió al Ayuntamiento de Toledo que les facilitara el cuadrante anual, para poder conciliar las responsabilidades familiares y laborales, incumpliendo por parte de la Administración local las condiciones que deben regir el mismo. Para el sindicato es una práctica que “lamentablemente se da muy frecuentemente en algunos cuerpos de Policía Local negando lo más básico que se precisa para organizar las responsabilidades familiares que es conocer con antelación cuando se debe ir a trabajar”

Estos hechos fueron denunciados por el Sindicato Profesional de Policía Local y no ha sido hasta junio del año 2021 cuando el Tribunal de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso interpuesto por el SPL-CLM y ha declarado nulo el cuadrante del mes de enero del 2017 por no ajustarse a las condiciones de negociación establecidas.

Se lamenta que estas acciones de la Administración se tengan que elevar a instancias judiciales para que se cumplan derechos fundamentales como es la negociación colectiva, y en este caso de los cuadrantes laborales. Desde el SPL CLM se seguirá trabajando por su cumplimiento y se denunciarán los casos en que se vean vulnerados los derechos de nuestros afiliados en particular y de los componentes de los Cuerpos de la Policía Local de la Región en general. 

Desde el Sindicato y los propios Policías Locales afectados, solamente desean que estos episodios no se vuelvan a repetir. Desde el SPL CLM se trabajará que para que así sea.

Este Sindicato subraya que los Policías Locales están entre los empleados que tienen más difícil la conciliación, cubren turnos, las 24 horas, los 365 días del año y por la naturaleza de su trabajo no son beneficiarios de las medidas de conciliación de carácter general aplican las administraciones a otros trabajadores: teletrabajo, flexibilidad horaria y de más acciones en materia de permisos y licencias. Por eso subraya lo importante que es que a través de la negociación colectiva se articulen medidas específicas para los agentes municipales, en materia de conciliación familiar, en equilibrio con las responsabilidades profesionales. En esa línea se seguirá buscando la implicación de todos los Ayuntamientos que cuentan con Cuerpos de Policía Local en la región, para que de forma conjunta con las mujeres y hombres que componen las plantillas, consigan también se consiga una mayor presencia de la mujer en los Cuerpos de Policía Local. Actualmente de los aproximadamente 2.000 componentes de la región, solamente 187 son mujeres, no llegando al 10%. 

infoCLM

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