El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este viernes el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Casa de la Tercia, en Campo de Criptana (Ciudad Real), con la categoría de Monumento.
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración, tal y como figura en el texto del acuerdo, recogido por Europa Press.
La localidad de Campo de Criptana se sitúa en el extremo nororiental de la provincia de Ciudad Real, sobre el borde meridional de la Sierra de los Molinos, que se eleva unos cien metros sobre la llanura manchega, extendiéndose el caserío a sus pies, desde el barrio del Albaicín hasta la estación del tren.
Dentro de él, la denominada «casa de la Tercia» se localiza en la zona central del núcleo urbano, a unos 350 metros de la plaza Mayor, ocupando el ángulo noroccidental de la manzana urbana que queda delimitada, en el sentido de las agujas del reloj, por las calles de la Concepción, del Castillo, del Huerto Pedrero y la plaza de la Tercia, ocupando dos inmuebles, situándose en un entorno urbano en el que también existen otros edificios que han sido incorporados al Inventario del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
Entre todos ellos, debemos destacar el correspondiente al Pósito Real, por los paralelismos funcionales que guarda con la Tercia, ubicado junto a la plaza Mayor, a escasos 300 metros al norte de la Tercia, y, por la similitud en el emplazamiento, el espacio que ocupaba el Convento de la Concepción, seguramente la totalidad de la manzana en la que se inscribe hoy el edificio de su iglesia.
Las denominadas Tercias Reales, un impuesto sobre la producción agropecuaria y, en algunos casos, sobre manufacturas locales, eran un impuesto que consistía en la tercera parte del diezmo eclesiástico (el 10% de la producción) que originalmente debía ir íntegramente a la Iglesia y que el papa Alejandro VI cedió de forma perpetua a los Reyes Católicos como premio a la Conquista de Granada en 1494.
Aunque en épocas posteriores el impuesto pudo pagarse en moneda o en especies, lo usual es que en sus primeros siglos el pago se efectuara mayoritariamente de esta segunda manera, por lo que, a fin de poder almacenar estos productos, se empezaron a construir edificaciones específicas (principalmente graneros y almacenes) que fueron conocidas como Terceras o Casas de Tercia, caracterizadas por ser construcciones de gran tamaño, sólidas y bien ventiladas, pero con huecos pequeños o enrejados, de planta regular, con su interior diáfano o dividido en naves mediante pilares y pudiendo disponer también un espacio elevado o cámara para almacenar productos más delicados, con techos altos y cubiertas de teja que, a veces, incluían entre sus enseres balanzas con sus pesas y otros utensilios para el control del peso y volumen de los productos entregados.
Al exterior podían tener portones para facilitar el acceso y la descarga desde los mismos carros y, por ello, solían situarse junto a un amplio espacio abierto en el que pudieran llevarse a cabo las mediciones y comprobaciones de los productos entregados.
Entre la abundante información y documentación existente en el Archivo Municipal de Campo de Criptana (AMCC) relativa a los cereales, a sus precios, diezmos de cereales o expedientes de registro de grano, destacan siete documentos específicamente relacionados con la Casa de la Tercia que han ayudado a tener un mejor conocimiento del edificio y de su devenir histórico. Estos documentos, fechados en 1657, 1708, 1710, 1815, 1818, 1832 y 1848 aportan numerosos datos desde contratos para la reparación del edificio en 1657 hasta el expediente para su venta en 1848.
